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sábado, septiembre 17, 2011

N° 1-2011 PP&E

PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPOS


Lo primero que debes identificar es que toda norma internacional tiene en si unos criterios de reconocimiento, medición y revelación. Esta norma no es la acepción, por eso aquí te presento los asuntos más relevantes, queda de tu parte identificar párrafos y mayores asuntos.


DEFINCIÓN

Las propiedades, planta y equipos son activos tangibles que se mantienen para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, para arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos.

En el primer caso los edificios, maquinarias y equipos y muebles que constituyen la planta o fábrica, se identifican como “mantenidos en la producción de bienes, en tanto que los edificios, maquinarias y equipos y muebles que se utilicen en la prestación de un servicio ( por ejemplo restaurant, hoteles, clínicas) se identifican como “mantenidos en el suministro o prestación de bienes y servicios”, “con propósitos administrativos” se identifican las oficinas con equipos y mobiliario que sirven de sede administrativa para la entidad y “para arrendarlos a terceros” son las maquinarias y equipos, vehículos y mobiliario que se dan en arrendamiento operativo a otra entidades.

Recuerda que los terrenos y edificios que se dan en arrendamiento son clasificados como propiedades de inversión.

Un aspecto importante es que los activos reconocidos como propiedades, planta y equipos (PP&E) se esperan usar por más de un período, es decir forman parte del activo NO corriente.

CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO

Para reconocer una propiedad como PP&E es necesario que se cumplan las siguientes condiciones:

a     1)     probabilidad de obtener beneficios económicos futuros y
b     2)    la fiabilidad en la medición del costo de la propiedad.

Observando que el reconocimiento está condicionado por los elementos que conforman la definición de PP&E. En algunos casos para reconocer un recurso como PP&E, se deben tener en cuenta algunas condiciones que se deben cumplir. Por ejemplo el reconocimiento de las piezas de repuestos y el equipo auxiliar como PP&E, necesariamente tiene que cumplir con las condiciones de ser utilizado por más de un período y que sólo puedan ser utilizados con relación a un elemento de PP&E.

En el caso de los reemplazos, para ser reconocidos como PP&E es necesario que se determine que dicho reemplazo proporcione beneficios futuros adicionales a la entidad.

Cuando la continuación de la operación de algún elemento de PP&E dependa de una inspección, el costo de la inspección se reconocerá como un componente de la PP&E, si dicha inspección satisface los criterios de reconocimiento descritos anteriormente y las elementos que conforman su definición.

BASES DE MEDICIÓN Y 
COMPONENTES DEL COSTO

MEDICIÓN INICIAL:

La base de medición inicial es el COSTO, el cual comprende tanto el precio de adquisición, cualquier otro desembolso directamente atribuible a su adquisición, ubicación del activo en el lugar y condiciones necesaria para que pueda ser operado de la forma prevista por la gerencia y la  estimación inicial de los costos de desmantelamiento o retiro del elemento, así como también la rehabilitación del lugar sobre el cual se asienta.

· Si el pago se aplaza más allá de los términos normales de crédito el COSTO es el valor presente de los pagos futuros. (Matemática Financiera)

· Si la propiedad es construida, el costo se determina de acuerdo a lo que se establece para las construcciones en proceso.

· Si la propiedad se obtiene a través de una permuta el costo será el valor razonable del bien que se recibe, si no se puede medir, será el importe según libros del bien entregado.

MEDICIÓN POSTERIOR:

En la fecha en la cual se informa, que normalmente es al cierre del ejercicio, cuando se presentan los estados financieros, las PP&E se miden al costo menos la depreciación acumulada y cualesquiera pérdida por deterioro del valor.

También puedes medir con revalorizaciones posteriores y algunas técnicas de valor razonable siempre y cuando los tengas identificados en tu política contable. (En la NIIF para Pymes esto no se permite)

Si usas la NIC 29, entonces esa será la medida que se emplea, costo ajustado por efectos de inflación, menos la amortización ajusta (Depreciación Acumulada)

DEPRECIACIÓN Y DETERIORO

Aquí algunas condiciones distintas a las que ya conoces, serían las siguientes:

Un elemento de P P & E puede estar compuesto por varios componentes principales con patrones significativos de consumo de los beneficios económicos, en estos casos el costo inicial de la P P & E se distribuirá entre dichos componentes y éstos se depreciarán por separado a lo largo de su vida útil.

El gasto por depreciación para cada período se reconoce en los resultados, a menos que otra norma requiera su reconocimiento como parte del costo de un activo.

El importe depreciable de un activo se determina restándole al costo del mismo el valor residual.

Se entiende por valor residual de un activo el importe estimado que una entidad podría obtener en el momento presente por la disposición de un activo, después de deducir los costos de disposición estimados, si el activo hubiera alcanzado ya la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil.

Existen factores, tales como el cambio de uso del activo, desgaste significativo inesperado, avances tecnológicos y cambios en los precios, que podría ser indicadores de que ha cambiado la vida útil de los activos o su valor residual, en cuyo caso es necesario revisar las estimaciones existentes debido a que es probable que tengan que hacerse cambios en éstos o incluso en el método de depreciación. Importante aclarar que estos cambios NO representan cambios de políticas, sino que se tratan como cambios en la estimaciones contables.

Los gastos por depreciación inician al estar la P P & E disponible para su uso y sólo cesará cuando se disponga de ella, es decir se le de baja.

Para determinar la vida útil de un activo se debe tener en cuenta: la utilización prevista del activo, el desgaste físico esperado, la obsolescencia tecnológica o comercial y las limitaciones de tipo legal o restricciones similares.


INFORMACIÓN A REVELAR


Para cada categoría de elementos de propiedad, planta y equipo que se considere apropiada según la norma, una entidad revelará al menos la siguiente información:

(a) Las bases de medición utilizadas para determinar el importe en libros bruto.
(b) Los métodos de depreciación utilizados.
(c) Las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizadas.
(d) El importe en libros bruto y la depreciación acumulada (agregadas las pérdidas por deterioro del valor acumuladas), tanto al principio como al final del periodo sobre el que se informa.
(e) Una conciliación entre los importes en libros al principio y al final del periodo sobre el que se informa, que muestre por separado:

(i) Adiciones.
(ii) Disposiciones.
(iii) Adquisiciones a través de combinaciones de negocios.
(iv) Transferencias a propiedades de inversión si se encuentra disponible una medición fiable del valor razonable.
(v) Pérdidas por deterioro del valor reconocidas o revertidas en el resultado.
(vi) Depreciación.
(vii) Otros cambios.

No es necesario presentar esta conciliación para periodos anteriores.

También se puede revelar lo siguiente:

(a) La existencia e importes en libros de las propiedades, planta y equipo a cuya titularidad la entidad tiene alguna restricción o que está pignorada como garantía de deudas.
(b) El importe de los compromisos contractuales para la adquisición de propiedades, planta y equipo.





 
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